HISTORIA DE LA GUARDIA CIVIL.
El Excmo. Sr. Teniente General Don Pedro Agustín Girón, marques de las Amarillas, y primer Duque de Ahumada , fué uno de los personajes más ilustres del S-XIX, en España, y en verdad el verdadero creador del Instituto de la Guardia Civil, pues fué el progenitor del que luego tenia que ser el Director General del Cuerpo.
Por Real Decreto de 28 de marzo de 1844, dado en palacio por la reina Isabel II. se vino a decretar lo siguiente:
Articulo 1º .- Se crea un cuerpo especial de fuerza armada de Infanteria y Caballeria,bajo la dependencia del Ministerio de la Gobernación de la Peninsula, y con la denominación de "Guardias Civiles".
Articulo 2º .-El objeto de esta fuerza es proveer al orden, a la seguridad publica y a la protección de las personas y de las propiedades fuera y dentro de las poblaciónes.
Articulo 3º .- La Guardia Civil se organizara por tercios, escuadrones o compañias mitades y escuadras.
Articulo 4º .-. cada tercio constara de cierto numero de compañias y escuadrones , y habra tantos tercios como distritos militares existen en la actualidad, guardando correlativamente la misma numeración.Los 14 tercios constituiran una fuerza de 20 escuadrones y 103 compañias.
y siguen 14 articulos más.
El Excmo. Sr. Teniente General Don Pedro Agustín Girón, marques de las Amarillas, y primer Duque de Ahumada , fué uno de los personajes más ilustres del S-XIX, en España, y en verdad el verdadero creador del Instituto de la Guardia Civil, pues fué el progenitor del que luego tenia que ser el Director General del Cuerpo.
Por Real Decreto de 28 de marzo de 1844, dado en palacio por la reina Isabel II. se vino a decretar lo siguiente:
Articulo 1º .- Se crea un cuerpo especial de fuerza armada de Infanteria y Caballeria,bajo la dependencia del Ministerio de la Gobernación de la Peninsula, y con la denominación de "Guardias Civiles".
Articulo 2º .-El objeto de esta fuerza es proveer al orden, a la seguridad publica y a la protección de las personas y de las propiedades fuera y dentro de las poblaciónes.
Articulo 3º .- La Guardia Civil se organizara por tercios, escuadrones o compañias mitades y escuadras.
Articulo 4º .-. cada tercio constara de cierto numero de compañias y escuadrones , y habra tantos tercios como distritos militares existen en la actualidad, guardando correlativamente la misma numeración.Los 14 tercios constituiran una fuerza de 20 escuadrones y 103 compañias.
y siguen 14 articulos más.
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